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sábado, diciembre 21, 2024
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Diputado Bengoa hace entrega de Bonos Navideños a la asociación de discapacitados (ASOPEDIDA).

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En la celebración del almuerzo Navideño de la Asociación de Personas Discapacitadas de Dajabon (ASOPEDIDA) estuvo presente el Diputado Tony Bengoa.

En dicho encuentro navideño Bengoa realizó la entrega de Bonos Navideños a los presentes y compartió con cada uno de ellos como nunca antes se había visto; risas, aplausos, pero sobre todo una admosfera de alegría y sonrisas.

«Es la primera vez que un Diputado de la nación nos visita y esto nos hace sentir importantes.
Agradecemos su presencia y para nosotros está ha sido una de las mejores Navidades que nos han hecho»
Afirmó con voz de alegría uno de los convalecientes cuando le tocó el turno de expresarse.

Tony Bengoa Diputado dijo sentirse satisfecho por lo que hasta el momento ha logrado.
Este expreso que si antes ayudaba a los más desposeídos con su fundación, mejor será ahora que puede tocar muchas puertas como legislador.

Entre los presentes podemos destacar personas como Manuel Torres (Bobito) presidente de La Asociación de Personas con Discapacidad de Dajabon (ASOPEDIDA), Arelys Rodriguez, Asesora de (ASOPEDIDA) entre otras.
Dpto. De prensa
Tony Bengoa Diputado
2024-2028

Alcalde Santiago Riverón entrega vivienda equipada a chofer del Ayuntamiento de Dajabón

Dajabón, 18 de diciembre de 2024 – En un acto de solidaridad y reconocimiento, el alcalde de Dajabón, Santiago Riverón, entregó hoy una vivienda completamente equipada a Rafael Solís Jiménez, conocido cariñosamente como “Piguito”, quien se desempeña como chofer en el ayuntamiento municipal.

La construcción de la vivienda, con una inversión superior a 600,000 pesos, cumple con todos los estándares de seguridad y está diseñada para brindar comodidad a sus habitantes. La casa cuenta con dos habitaciones, un baño, cocina, sala y una galería. Además, fue entregada amueblada con dos camas, un abanico, una estufa con su tanque de gas, un juego de muebles y una nevera. Estos enseres fueron donados por el Plan Social de la Presidencia, bajo la dirección de Yadira Henríquez.

El alcalde Riverón destacó que la dedicación y el compromiso de Piguito con su labor en el ayuntamiento fueron determinantes para otorgarle este beneficio. “Piguito ha mostrado un interés genuino por apoyar nuestra gestión, y por eso se ha ganado esta vivienda. Hay otros empleados del cabildo que serán premiados por su buena labor; por ello, insto a todos a seguir trabajando en favor del municipio de Dajabón”, expresó el alcalde.

La familia de Piguito, visiblemente emocionada, agradeció este gesto que transforma su calidad de vida y les brinda un hogar digno. La comunidad también celebró la iniciativa, reconociendo el compromiso de la administración municipal con el bienestar de sus empleados y ciudadanos.

Con acciones como esta, el alcalde Santiago Riverón reafirma su compromiso de mejorar las condiciones de vida en Dajabón, promoviendo una gestión basada en la empatía, el reconocimiento al mérito y el servicio al Municipio. Para conocer más sobre esta y otras obras realizadas por el alcalde, visite la página oficial del Ayuntamiento de Dajabón: 

El Alcalde Santiago Riverón lidera encuentro estratégico con Roberto Ángel Salcedo para impulsar obras en la provincia

Dajabón, República Dominicana – En un esfuerzo por fortalecer el desarrollo de la provincia, el Alcalde Santiago Riverón encabezó una importante reunión junto a Roberto Ángel Salcedo, Director General Encargado de la Dirección General de Proyectos Estratégicos y Especiales de la Presidencia (Propeep), para coordinar la ejecución de nuevas obras en beneficio de los ciudadanos.

El encuentro, que tuvo lugar en la Fortaleza Beller, contó también con la presencia de el senador Ney Rodríguez, otros alcaldes de la región y diversas representaciones locales. Durante la reunión, el alcalde Riverón destacó la importancia de trabajar en conjunto con Propeep para garantizar que los proyectos se alineen con las necesidades prioritarias de la provincia, marcando su compromiso con la mejora de la calidad de vida de los habitantes de Dajabón.

“Agradezco la disposición del señor Roberto Ángel Salcedo y del gobierno central para escuchar y apoyar nuestras iniciativas,” expresó el alcalde Santiago Riverón.

Por su parte, Roberto Ángel Salcedo reafirmó el compromiso de Propeep de acompañar a los gobiernos locales en la planificación y ejecución de proyectos estratégicos, priorizando áreas clave como infraestructura, educación y servicios básicos. “Estamos aquí para trabajar en equipo y construir el futuro que los dominicanos merecen. La visión de líderes como el alcalde Riverón es fundamental para el éxito de estos planes,” señaló Salcedo.

El alcalde Santiago Riverón reafirmó su compromiso de mantener un diálogo constante con las autoridades y las comunidades para garantizar que estos proyectos respondan a las demandas más urgentes de la población. Este encuentro marca el inicio de una agenda de trabajo conjunto que promete resultados tangibles para el desarrollo integral de la provincia.

Senador Ney Rodriguez lanza concurso Gánate tu Navidad Cantando

Por Jesús Carrasco

Con el objetivo de celebrar el talento local y llevar alegría a la comunidad, el Senador Ney Rodríguez anunció el lanzamiento del concurso “Gánate tu Navidad Cantando”, una iniciativa que premiará a los mejores intérpretes de la provincia con premios de hasta 100,000 pesos en efectivo.

El concurso, estará abierto hasta el viernes 20 de diciembre a las 12:00 PM y consta de dos fases: una etapa virtual, donde los participantes deberán subir sus vídeos cantando, y una gran final presencial donde se presentarán los finalistas en la provincia de Dajabón.

Premios en efectivo:
1er lugar: 100,000 pesos.
2do lugar: 50,000 pesos.
3er lugar: 30,000 pesos.
4to lugar: 20,000 pesos.

¿Cómo participar?
1. Los participantes deberán subir un video a su cuenta de Facebook o instagram, interpretando su canción favorita.

2. En el video deben mencionar su nombre, municipio, el hashtag #GanateTuNavidadCantando y etiquetar la cuenta oficial del senador Ney Rodríguez.

3. Los finalistas serán seleccionados tomando como base la Interacción en redes sociales (Videos con más likes y comentarios).

4. Serán anunciados en las redes sociales oficiales y recibirán una invitación para participar en el evento presencial.

Reglas del concurso:
1. La canción debe ser completamente interpretada por el participante (a capella o con pista musical).

2. Se permite la participación individual o en dúos.

3. Solo se tomará en cuenta un video por participante.

4. El perfil del participante debe ser público para validar la participación.

5. Cualquier intento de manipulación de likes o comentarios resultará en la descalificación inmediata.

El Cuerpo de Bomberos de Dajabón reconoce al alcalde Santiago Riverón Arias por su invaluable apoyo

En un emotivo acto celebrado en Dajabón, el Cuerpo de Bomberos, bajo la dirección del coronel Diomedes García, otorgó un merecido reconocimiento al alcalde Santiago Riverón Arias por su extraordinario respaldo a esta institución.

Durante el evento, se resaltó que el alcalde ha sido el mayor colaborador en la historia del cuerpo de bomberos, contribuyendo de manera decisiva al fortalecimiento de sus equipos y operaciones.

El coronel García expresó que el apoyo brindado por el alcalde ha hecho una diferencia significativa en la capacidad de respuesta de los bomberos ante emergencias.

Por su parte, el alcalde Riverón afirmó que seguirá respaldando al Cuerpo de Bomberos porque entiende la importancia de su labor para la seguridad de todos los dajaboneros. Con palabras sencillas, aseguró que su intención es trabajar cada día por el bienestar del Municipio, *apoyando a quienes se esfuerzan por servirla.*

El reconocimiento otorgado al alcalde no solo resalta sus aportes, sino que envía un mensaje claro: cuando las autoridades se preocupan y actúan en favor del bienestar, los resultados son duraderos.

 

¿Tiene derecho a ser indemnizada una persona imputada que termina siendo víctima de un error judicial?

Por José Alejandro Vargas

Freno a las arbitrariedades del Estado respecto al perjuicio padecido por una persona que ha sido sometida con ligereza a un proceso penal, soportando los rigores de extremas restricciones cautelares que luego devienen en innecesarias.

El principio rector del proceso penal que consagra el derecho a indemnización generaliza la posibilidad de su procedencia a cargo del Estado a la concurrencia de un “error judicial”. En este sentido hay dos vertientes que convergen: la del artículo 255 del Código Procesal Penal, responsabilidad indemnizatoria contra el Estado “cuando, a causa de la revisión de la sentencia el condenado es absuelto o se le impone una pena menor…”, y en el sentido previsto por el artículo 257 del referido código, “cuando se declare que el hecho no existe, no reviste carácter penal o no se compruebe la participación del imputado, y éste ha sufrido prisión preventiva o arresto domiciliario durante el proceso.

El principio en cuestión se expresa como norma en el artículo 20 del código procesal penal, texto que dispone que: “Toda persona tiene derecho a ser indemnizada en caso de error judicial, conforme a este código”.

El error judicial ocurre cuando el juez es inducido a equivocación por pruebas que, tras la condena, se demuestra fueron obtenidas ilícitamente, o cuando nuevas pruebas –no conocidas durante el proceso– demuestran de una forma u otra la inocencia del imputado por no haber podido cometer el hecho o porque el hecho no ocurrió, entre otras variantes procesales posibles.

En cuanto al error judicial ocasionado por aplicación del artículo 255, concretamente, el artículo 428-CPP establece los motivos admisibles del recurso de revisión, y, sin embargo, a pesar de que se ordena taxativamente que para solicitar la indemnización se actúa mediante la “revisión”, a pesar de ello los motivos listados por el 428-CPP no se ajustan en nada a la posible coerción errónea de un imputado.

En ese contexto vale retener que los motivos de la revisión del imputado erróneamente coercionado son los que lista el Art. 257 código procesal penal, y en consecuencia debe concluirse que se trata de un recurso de revisión “especial” que puede interponer el imputado acogiéndose al artículo 429.2 de ese texto legal (que permite la interposición del recurso al condenado o a su defensor), presentado a la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia (por aplicación supletoria del artículo 431- CPP) o mejor aún, en nuestra opinión, actuando ante el Juez de Ejecución de la Pena.

En efecto, entendemos que sería el Juez de Ejecución de la Pena el funcionario más afín “cuando se declare que el hecho no existe, no reviste carácter penal o no se compruebe la participación del imputado, y éste ha sufrido prisión preventiva o arresto domiciliario durante el proceso”.

El instituto de la responsabilidad patrimonial sin dudarlo se origina en la necesidad de reparación de daños ocasionados a los administrados (en este caso, al imputado) como consecuencia de una actividad u omisión dañosa, intentando defender el interés general como objetivo esencial de la administración pública. Se evidencia con ello el pleno sometimiento estatal al Derecho, como una consecuencia directa del reconocimiento de su personalidad jurídica. De esta forma el Estado y quienes lo integran se encuentran subordinados a lo decidido por el ordenamiento legal: el Derecho es lo que contiene la realidad de la personería jurídica estatal y su reconocimiento se fundamenta en la realidad de seres humanos unidos en un territorio en aras de obtener finalidades comunes.

La esencia misma de la administración es la de actuar para cuidar los intereses de los particulares, lo que presupone la globalidad de la acción en beneficio de los administrados, no del interés individual, y por tanto resulta en actividades destinadas a satisfacer los derechos fundamentales a lo interno de un grupo organizado, atendiendo a un criterio de globalidad de los intereses tutelados, cuyo ejercicio supone una estructura orgánica necesaria.

El derecho a la indemnización opera, en el tema que nos concierne, como un freno a las arbitrariedades del Estado respecto al perjuicio padecido por una persona que ha sido sometida con ligereza a un proceso penal, soportando los rigores de extremas restricciones cautelares que luego devienen en innecesarias porque el hecho imputado nunca existió, o no tenía carácter penal, o cuando, a causa de la revisión de la sentencia condenatoria se decidiera una absolución a su favor. Con ello se persigue que la persona víctima del error judicial tenga el derecho a reclamar una compensación por el daño material soportado y la merma reputacional sufrida.

Tragedia en Nigua, San Cristóbal RD.

La doctora Oneidy Guillén, quien trabajaba en el hospital municipal de Nigua, fue ultimada a t1ros por su pareja sentimental, el abogado Juan Carlos Rodríguez Mateo, en un trágico suceso ocurrido la mañana de este sábado en la Loma de Tito Nigua.

Testigos en el lugar relataron que la pareja discutía cuando de repente se escucharon varias detonaciones, tras las cuales la doctora perdió la vida. Posteriormente, el abogado se disparó en la cabeza pero aun está con vida.

La doctora Guillén estaba cumpliendo servicio en el hospital la noche anterior y fue cuando su pareja pasó a buscarla la mañana de este sábado para cometer el crimen,el caso ha consternado a la comunidad de Nigua,las autoridades investigan.
#lucianonoticias

¿POR QUÉ ES MEJOR EL CONTRATO DE SOTO QUE EL DE OHTANI?

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El contrato de Juan Soto de 765 millones por 15 años se considera el contrato más alto en la historia de MLB en términos de valor total garantizado, mientras que el de Shohei Ohtani de 700 millones por 10 años tiene un valor anual promedio (AAV) más alto, pero no supera el total garantizado del contrato de Soto.

A continuación te compartimos unas razones que consideramos se toman en cuenta:

🔸Monto total garantizado:

Soto: $765 millones.

Ohtani: $700 millones.

Esto lo hace el contrato más grande jamás firmado en cualquier deporte profesional.

🔸Duración del contrato:

Soto: 15 años.

Ohtani: 10 años.

Aunque el AAV de Soto ($51M al año) es menor al de Ohtani ($70M al año), el mercado valora más el compromiso total garantizado, ya que implica mayor seguridad financiera para el jugador.

En resumen, aunque el de Ohtani es el contrato más impresionante en términos de salario promedio anual, el de Soto es considerado «más grande» por la cantidad total de dinero garantizado en el tiempo del contrato.

#béisbol #MLB #RectaPorElCentro

Accidente de tránsito cobra la vida de una persona y otro resulta gravemente herida en Dajabón

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Por Carlos Sánchez

El Pino Dajabón.- Un accidente de tránsito cobró la vida de una persona y otra resultó gravemente herida la mañana de este sábado en Los Compos de el municipio El Pino, provincia Dajabón.

El fallecido hasta el momento sin identificar se trasladaba a bordo de una motocicleta CG Tauro color negro de chasis LZ3GJLT14AK35441, junto al nombrado Pedro Walkiri Durán, de aproximadamente 30 años; no portaban cédula de identidad.

Según el médico legista actuante en el caso Dr. Manuel Guzmán quien levantó el cadáver, manifestó que este presenta DX: trauma craneoencefálico severo que le produjo la muerte.

En tanto Walkiri Durán presenta DX: traumatismo craneal severo con herida en región supra arbitraria izquierdo, fractura de ambos epífisis distal de ambos brazos, fractura de tibia, herida abierta en región inguinoperineal, (estado crítico), según diagnósticos el médico de servicio del hospital municipal de Villa Los Almácigos, por lo que fue referido a un centro de mayor asistencia.

En este lamentable hecho mientras el médico legista levantava el cadáver, las autoridades ocuparon una pistola calibre 9mm de color niquelado, de numeración no legible, dos cargadores, uno de treinta, con diez cápsulas y otro de quince con cinco.

También, se ocuparon un chaleco antibalas de color negro.

El fallecido y el herido impactaron con un carro Toyota Corolla de color rojo, conducido por el nombrado Cristian Osvaldo Batista Brito, de 30 años de edad, quien salió ileso.

El fallecido fue llevado a la morgue del hospital municipal de Partido para los fines de ley correspondientes.

Por Carlos Sánchez

Joven es herido de bala en Montecristi

Por Santos Vasquez

En Montecristi esta noche hombre resulta herido por arma de fuego un joven solo identificado como Robert, se dice que su agresor es un tal Fredy Cometa, quien también se presentó al hospital Padre Fantino destruyendo el cristal de la puerta de entrada a la sala de emergencias de ese centro de salud.

Más detalles en breve en www.santosvasquezinforma.com