Los casi 7.6 millones de ciudadanos convocados para estos comicios tendrán ahora el derecho constitucional de votar por un senador en una boleta y por un diputado en otra, sin importar que sean de partidos diferentes.
Además en la boleta del nivel presidencial, los sufragantes estarán en libertad de seleccionar al candidato presidencial y vicepresidencial de un partido contrario a los dos niveles legislativos, abrogando así la ley que impedía una mayor pluralidad y representatividad electoral.
Difícil conquista
La eliminación del voto preferencial, o voto de arrastre, se logró en agosto del año pasado, después de intensas jornadas de lucha de partidos de la oposición, incluyendo el Revolucionario Moderno (PRM), organizaciones sociales y de la sociedad civil, que consideraban era una violación a la Constitución y un engaño al pueblo dominicano.
Esta disposición había sido instituida por los legisladores en noviembre de 2013 mediante Ley 157-13, votada por el Congreso controlado por el gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Se permitió así que una gran cantidad de senadores, principalmente, ocuparan escaños valiéndose de los votos obtenidos por los diputados y sus partidos.
La Ley establecía en su artículo 2: “Cuando el elector decida marcar la fotografía del candidato a diputado de su preferencia está favoreciendo con su voto al partido de éste y por tanto al candidato a senador de dicho partido”.
El debate sobre la impertinencia de esta legislación recobró mayor dimensión cuando se sometió a discusión en el Congreso la Ley 33-18 de Partidos Políticos, aprobada el 15 de agosto de 2018 tras veinte años engavetada.
Las discusiones continuaron con igual intensidad cuando el Congreso decidió conocer también la Ley Orgánica del Régimen Electoral 15-19, sancionada el 18 de febrero de 2019, que estableció en el artículo 92 cuatro niveles de elección. Pero en ambas iniciativas la condición del voto de arrastre quedó en una nebulosa.
Fue entonces cuando el pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por Julio César Castaños Guzmán, determinó en una decisión considerada dubitativa el 6 de mayo de 2019, eliminar el arrastre de senadores por los votos de diputados en 26 provincias del país y mantener esa modalidad en seis, incluyendo el Distrito Nacional.
El escándalo
Con la determinación de la JCE a un año de las elecciones generales, se desataron los demonios en la comunidad política, tanto en el Congreso Nacional como en los 25 partidos con reconocimiento oficial, a favor y en contra de la resolución 08-2019.
En medio de la tempestad al menos 10 partidos opositores acudieron mediante recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), el 14 de mayo, alegando que la decisión era violatoria de la Constitución.
No obstante, el TSA rebotó el amparo contra el voto de arrastre el 5 de julio de 2019, lo cual fue catapultado el 12 de ese mes por el juez titular del Tribunal Superior Electoral (TSE), Ramón Arístides Madera Arias, quien advirtió que ciertamente al TSA no le competía juzgar y decidir contra la resolución de la JCE.