El juez Juan Francisco Rodríguez Consoró, apoderado para conocer la audiencia de medida de coerción contra el vicealmirante retirado Félix Alburquerque, se inhibió del caso para que en su lugar sea designado otro magistrado.
Según explicaron los abogados presentes en el tribunal, el juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional indicó que no puede conocer la audiencia debido a que, en un ambiente privado, había emitido comentarios sobre el caso tras ver el video donde se observa cuando Alburquerque le dispara al comunicador Manuel Taveras Duncan.
Debido a esto, la audiencia contra el expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) fue aplazada para el miércoles 31, a los fines de que la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción y la Corte de Apelación del Distrito Nacional decidan si acogen o no la inhibición del juez.
Tras el aplazamiento, Alburquerque fue conducido por agentes de la Unidad de Traslado de Alto Riesgo (Utar) a la cárcel preventiva que funciona en el cuarto nivel del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, donde está recluido desde el viernes en la noche.
Como medida de seguridad, Albuquerque portaba chaleco antibalas y casco protector.
Contra el imputado, el Ministerio Público está pidiendo que le imponga prisión preventiva. El órgano acusador ha establecido que el pasado 19 agosto, aproximadamente a las 2:30 de la madrugada, se originó una pelea entre el imputado Alburquerque Comprés, expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), y la víctima Taveras Duncan, que culminó en la muerte de este último, de manos del imputado a causa de proyectil de arma de fuego.
El crimen ocurrió mientras la víctima se encontraba en un establecimiento de comida rápida ubicado en la avenida Núñez Cáceres esquina Rómulo Betancourt, en el sector Los Cacicazgos, del Distrito Nacional, hecho que quedó captado en un vídeo difundido ampliamente por medios electrónicos.
La instancia indica que en momentos en que Taveras Duncan era atendido por empleados del negocio llegó el imputado Alburquerque y se desmonta de un vehículo marca Mercedes Benz, riéndose, razón por la cual el occiso piensa que el imputado se reía de él, situación que originó una discusión entre éstos.
Señala que fruto de esa situación se suscitó una pelea en la cual éstos se agredieron mutuamente, hasta que intervino un seguridad de la plaza y una persona que acompañaba a la víctima.
Posteriormente, dicen los fiscales Alburquerque se dirigió a su vehículo, por lo que el seguridad y empleados del establecimiento le sugirieron a Taveras Duncan que se retirara del lugar, no logrando esto, debido a que inmediatamente el imputado sacó desde el interior de su vehículo una pistola y comenzó a realizar múltiples disparos en contra de la víctima y su amigo, no logrando impactarlos en ese momento debido a que estos salieron corriendo.
Detalla que Alburquerque abordó de nuevo su vehículo para perseguirlos, mientras Taveras Duncan logró esconderse detrás de una banca de lotería, donde fue encontrado por su victimario, quien de inmediato procedió a desmontarse de su vehículo y le realizó un disparo en el tórax e inmediatamente este cae al pavimento de forma despiadada aprovechó para realizarle otro disparo y se marchó de la escena del crimen, dejando el cuerpo sin vida del comunicador tirado en el suelo.
Taveras Ducan falleció a causa de herida por proyectil de arma de fuego en hemitórax derecho y salida en región dorsal, conforme al acta de levantamiento de cadáver No. 65197, realizada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
El Ministerio Público dice que luego de cometer el hecho, el imputado se deshizo del arma homicida utilizada para matar a Taveras Duncan, y en una acción criminal procedió a desaparecer dicha arma, ilegal, ya que la misma no le fue asignada por su institución castrense, expresa el Ministerio Público.
Alburquerque fue arrestado mediante la orden judicial No. 0032-AGOSTO-2022, emitida por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.
El Ministerio Público ha calificado los hechos en los tipos penales descritos en los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, que tipifican el homicidio voluntario causado con arma de fuego ilegal.
La solicitud de la Fiscalía establece que la medida a imponer en este caso debe ser la prisión preventiva en virtud de que Alburquerque «no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a los mismos».
Señala que en su caso existe el peligro de fuga al tratarse de un hecho grave y la posibilidad de que el imputado torpedee el proceso de investigación mediante la intimidación a testigos conforme las relaciones que cultivó en su prolífica carrera militar y su comportamiento violento, además de que destruyó y ocultó el arma ilegal que utilizó para cometer el hecho criminal.