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lunes, diciembre 23, 2024
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Abren pasarela entre el mercado de Juana Méndez y Dajabón

Autoridades y comerciantes de Juana Méndez, en Haití, y Dajabón, en República Dominicana, dieron apertura al puente pasarela que comunica los mercados de ambos lados de la frontera.

Los comerciantes dieron apertura formal este lunes sobre el río Masacre, que conecta el mercado de Dajabón con el mercado de Juana Méndez.

Según explicaron los vendedores y las autoridades este lunes se inicia una nueva etapa comercial que busca dinamizar y descongestionar el mercado así como también el paso fronterizo entre ambos países.

Periodista Javier Genao citado ante la Fiscalía de Dajabón por presidenta de Sala Capitular

El periodista Javier Genao fue invitado a comparecer por ante la Fiscalía de Dajabón luego de ser citado por la presidenta de la Sala Capitular del municipio, Gibelis Colón, debido a una información que escribió y se publicó en las redes sociales.

La cita fue realizada para el próximo miércoles a las 2:30 de la tarde «a los fines de ser escuchado conjuntamente con la señora Gibelis Colón, con relación a unas publicaciones en diferentes redes sociales, para sus conocimientos y fines de ley correspondiente».

Al ser consultado al respecto, Genao manifestó que se trata de una estrategia de querer amordazar a los periodistas y para afectar la libertad de expresión.

Dijo que la cita que le está realizando la presidenta de la Sala Capitular se debe a una noticia escrita por él y publicada en diferentes medios y redes en la cual comerciantes del mercado de Dajabón denunciaban que autoridades municipales les asediaban. También los manifestantes se quejaban de la referida regidora.

Genao manifestó que tal vez la publicación no le gustó a la presidenta de la Sala Capitular, señora Gibelis Colón, y que por ello lo están llamando a comparecer ante la fiscalía el próximo miércoles.

«Pienso que quieren amordazar la libertad de expresión, principalmente la alcaldía conjuntamente con ella, aunque no son todos los regidores y ella ha sido la única que ha tomado represalia desde hace un tiempo contra nosotros», dijo.

Agregó que «se trata de una persecución en contra de los medios en Dajabón«.

«Cada vez que un medio habla cualquier cosa que lleve el nombre de la regidora y a ella no le guste, ella trata de hacer este tipo de acción», indicó.

Antecedentes

Genao dijo que esa «persecución» no es reciente y puso como ejemplo que en mayo de 2021 el alcalde de Dajabón, Santiago Riverón, lo expulsó del salón de prensa del ayuntamiento, por una publicación.

Sepultan restos de hermanas atropelladas por vehículo en Dajabón.

Bajo llanto y tristeza fueron sepultados en el cementerio de la comunidad de Sangre Linda del municipio de Partido de la provincia de Dajabón los restos de dos hermanas que fueron atropelladas por un vehículo,  en momentos en que se trasladaban en una motocicleta.

Las hermanas Julia Castillo Contreras y Zeneida Castillo Contreras, habían salido de su hogar para visitar a su padre que fue ingresado en el hospital municipal de Partido, tras presentar problemas de Salud.

Las hermanas fueron impactadas por un Jeep de la marca Suzuki Jimmy de color negro, cuyo conductor aún no ha sido identificado por este medio.

Para evitar que otras personas puedan perder la vida durante accidentes de tránsito, el encargado de la Defensa Civil en Partido-Dajabón Joselín Peralta espera que se han colocados reductores de velocidad en el municipio.

Motivación reforzada y la prisión preventiva

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Por José Alejandro Vargas

Según lo dispone el artículo 141 del Código de Procedimiento Civil, la sentencia debe contener los fundamentos o los motivos en los que el tribunal basa su decisión, entendiéndose por motivación la forma en la que el juzgado expone de manera clara y ordenada las cuestiones de hecho y de derecho que sirvieron de soporte a su sentencia. En materia penal el deber de motivación lo establece el código procesal penal dominicano en su artículo 24: “Los jueces están obligados a motivar en hecho y derecho sus decisiones, mediante una clara y precisa indicación de la fundamentación. La simple relación de los documentos del procedimiento o la mención de los requerimientos de las partes o de fórmulas genéricas no reemplaza en ningún caso a la motivación. El incumplimiento de esta garantía es motivo de impugnación de la decisión, conforme lo previsto en este código, sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar”.

A partir de esa norma y de los derechos a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, el Tribunal Constitucional advierte en su Sentencia TC/0009/13 que, si los tribunales se eximieran de correlacionar los principios, reglas, normas y jurisprudencia con las premisas lógicas de cada fallo, vulnerarían “la garantía constitucional del debido proceso por falta de motivación”. En otras palabras, el debido proceso como conjunto de garantías mínimas integrado por varios derechos (art. 69 de la Carta Sustantiva), determina el deber del juez o tribunal de explicar sus decisiones, de fundamentarlas, de hacerlas no solo inteligibles, sino también justificadas.

En cuanto se trate de la prisión preventiva como medida cautelar que colide innegablemente con el estatuto de la libertad, artículo 15 de la norma procesal penal, para justificar su necesidad se requiere de la afirmación de que la posibilidad de limitación de la libertad personal, independientemente de su grado de intensidad, supone la necesaria verificación del cumplimiento de supuestos procesales rigurosamente motivados. Esto así, porque al constituir la restricción de la libertad la afectación de un bien inestimable, sin el cual no pueden cumplirse obligaciones o deberes, ni ejercer otros derechos, ha de concebirse que ese acto violento será constitucionalmente válido si el juzgador cumple con  lo que se ha dado en llamar motivación reforzada o plus motivacional, cuya pretensión capital -algo que no puede dejarse pasar desapercibido- es garantizar la naturaleza procesalmente necesaria pero siempre excepcional, subsidiaria y proporcional de estas medidas.

Se entiende por “motivación reforzada” o “plus motivacional” la alusión realizada por el Tribunal Constitucional en la Sentencia núm. TC/0009/13 que dispone que: (…) “el plus motivacional a adoptar en cada caso dependerá esencialmente de la naturaleza de la resolución, de manera pues, que determinadas resoluciones requerirán de una motivación reforzada, mientras que en otras bastará con una motivación sucinta”. En esta línea esbozada podemos afirmar que requieren del canon motivacional reforzado supuestos tales como: cuando hay cambio de jurisprudencia o los jueces se apartan de precedentes o criterios que se han defendido con estabilidad; cuando la discrecionalidad del juzgador es mayor, como ocurriría cuando se trata de la determinación o duración de la medida coercitiva idónea y necesaria para el cumplimiento de los fines del proceso y cuando se requiere despejar cualquier posible arbitrariedad en la decisión de compromiso de la presunción de inocencia o la tutela judicial efectiva.

Claramente, una medida coercitiva como la prisión preventiva constituye una restricción intensa de la libertad en un momento procesal en el que todavía no se ha determinado la responsabilidad penal del imputado. En atención a esas y otras similares razones, tribunales constitucionales de diversos países, como tribunales dominicanos, retienen la concurrencia de por lo menos dos criterios necesarios de soporte a la decisión de privación de libertad: a) La medida debe ser suficiente, esto es, debe expresar por sí misma las condiciones de hecho y de derecho que sirven para dictarla o mantenerla, y b) debe ser motivada, en el sentido de que en ella se observe la ponderación judicial en torno a la concurrencia de todos los aspectos que justifican la adopción de la medida cautelar.

Asimismo, y en conexión con la necesidad de ejercer una debida motivación reforzada cuando se decida imponer la prisión preventiva, desde la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional se han establecido diversos criterios relacionados a su vez con el análisis de proporcionalidad de la medida (incluyendo aspectos tales como idoneidad, y la necesidad, entre otros), los cuales deben ser evaluados y sustentados objetivamente de manera individualizada y diferenciada por cada uno de los imputados que se encuentren inmersos en el proceso penal.

En la Corte Interamericana de Derechos Humanos se han sostenido detallada y claramente los aspectos que deben ser considerados en la valoración y fundamentación de toda medida provisional referida a la prisión preventiva, a fin de ser convencional y no arbitraria, y se han enfatizado los criterios a considerar, especialmente para realizar el test de proporcionalidad de la medida de prisión preventiva, los cuales se citan a continuación: a) Es una medida cautelar y no punitiva: debe estar dirigida a lograr fines legítimos y razonablemente relacionados con el proceso penal en curso. No puede convertirse en una pena anticipada ni basarse en fines preventivos-generales o preventivo-especiales atribuibles a la pena.

  1. b) Debe fundarse en elementos probatorios suficientes: Para disponer y mantener medidas como la prisión preventiva deben existir elementos probatorios suficientes que permitan suponer razonablemente que la persona sometida a proceso ha participado en el ilícito que se investiga; verificar este presupuesto material constituye un primer paso necesario para restringir el derecho a la libertad personal por medio de una medida cautelar, pues si no existiesen mínimamente elementos que permitan vincular a la persona con el hecho punible investigado, tampoco habrá necesidad de asegurar los fines del proceso.

Siendo así, es indispensable que el órgano judicial competente explicite, desarrolle claramente y argumente, de forma individualizada y diferenciada, en cada caso particular de los imputados concernidos, las razones que lo llevaron a concluir que, en el caso concreto, es la prisión preventiva la que corresponde imponer y por qué no optar por otra medida restrictiva menos gravosa, si lo que se persigue es alcanzar el fin ulterior del proceso penal, que no es más que el arribo a una sentencia definitiva, ya sea condenatoria o absolutoria, cuando se juzga la posible tipicidad de una conducta atribuida a un ciudadano.

Al cuartel de Policía Nacional de Sabana Larga le falta cumplir con su lema “Ley y Orden”

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Por Quelvy Sosa

Dajabón:-Es alarmante lo que actualmente ocurre en una comunidad como Sábana Larga, donde anteriormente reinaba la tranquilidad y la prudencia ya que es reconocida como una localidad de gentes laboriosas.

Lo penoso es que en la noche de este sábado frente a frente al cuartel policial de esta comunidad se instaló un musicólogo pasado las 10:00 de la noche colocando música en tan altos desciveles, que los techos de las viviendas vibraban como templaba la tierra y este desagradable espectáculo pasó alrededor de las 4:00 de la mañana.

Es muy preocupante el hecho, primero porque la Policía Nacional una institución creada para poner orden y se hace ciega ante un acontecimiento ocurrido en su frente, y lo segundo es porque en los alrededores viven personas mayores, otras enfermas y lo más preocupante era ver niños menores de edad en presencia de mayores ingeriendo bebidas alcoholicas, fumando juka y escuchando innumerables palabras que no están a la altura de un infante.

Llamamos la atención del coronel de la dotación policial de la ciudad de Dajabon a hacer que se cumplan las leyes y ordenar a que sus subalternos que no empañen su gestión.

Pero y el COBA no existe?, ni lo policías de aquí podían llamar al mimo?

Senador Ney Rodríguez inaugura Oficina Senatorial en Dajabón

DAJABÓN.-El senador de la república por esta provincia y del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Manuel Rodríguez (Ney), dejó en funcionamiento la Oficina de Gestión Senatorial de esta localidad.

El acto contó con la bendición del padre José Núñez (Chepe) quien además motivó al legislador a trabajar con proyectos que vayan en favor del desarrollo de la provincia.

Las palabras de bienvenidas estuvieron a cargo de Ana Margarita López (Témpora) Pdta. Provincial del PRM, y la señora Ilda Peña, expuso palabras motivadoras en representación de la organización de Pobres Unidos.

El senador, en su discurso manifestó que será un digno representante para trabajar la parte social, en favor de los más necesitados, y en beneficio de las diferentes comunidades de esta demarcación.

Además señaló que ya ha sometido cuatro proyectos que serán de gran necesidad para contribuir con el desarrollo y transformación de la provincia y todos sus municipios.

«La Oficina de Gestión Senatorial, estará siempre abiertas para que los ciudadanos también puedan compartir ideas o proyectos que sean de importancia para la región», dijo el legislador.

El evento culminó con un tours por las instalaciones de la oficina y posteriormente con un brindis y una presentación artística.

Estuvieron presentes, Ramón Ernesto Pérez Tejada de la DGDF, Gibelys Colón Pdta. De la Sala Capitular del municipio Dajabón, el comandante del destacamento policial, Coronel De La Cruz, el Comandante del 10mo Batallón ERD. Coronel Genaro Agramonte, Sterling Pascal en representación de la diputada Daritza Zapata, los alcaldes de los municipios El Pino, Partido, Restauración, Loma de Cabrera diferentes organizaciones y privadas.

La oficina está ubicada en la Calle Marcelo Carrasco de esta localidad.

JCE contempla uso voto electrónico si deciden unificar las elecciones

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SANTO DOMINGO.- Aunque en ningún momento dijeron estar opuestos a la unificación de las elecciones, el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) en su encuentro con la comisión bicameral para el proyecto de reforma a la Constitución, se esmeró en demostrar lo complicado que sería un montaje de tales dimensiones.

El organismo hizo comparaciones entre los procesos del 2016, 2020 y 2024, mostrando que este último fue mucho más complejo, al contar con la implementación del voto preferencial, la creación de nuevos niveles de elección y el crecimiento del padrón de electores.

Es decir, para las elecciones municipales los habitantes de municipios y de direcciones municipales, tuvieron en sus manos dos boletas (alcaldes y regidores, directores y vocales, según corresponda) en vez de una, las cuales debieron ser escrutadas simultáneamente para determinar los votos del partido.

La JCE planteó que la unificación de las elecciones implicaría que por primera vez, se conocerían en un mismo proceso electoral los tres niveles plurinominales, lo que daría con siete niveles de elección realizadas de manera conjunta, contando cada elector con al menos cinco boletas en sus manos.

Esto ralentizará el proceso, pues cada elector se tomaría entre 4 y siete minutos para votar y que de cumplirse dicho tiempo, en un colegio electoral de 600 votantes sólo sufragará el 40 % de los inscritos.

Otras complejidades
Todo lo anterior, provocaría largas filas electorales, agotamiento de todos los actores del proceso y sólo serían conocidos los resultados del nivel electoral en las primeras horas de la noche, lo que generaría incertidumbre en los restantes niveles y se incrementarían los conflictos contenciosos electorales.

Es así como, en caso de aplicarse la unificación del proceso, la JCE se vería compelida a reducir la cantidad de electores por colegios en un 50 % y/o duplicar la la cantidad de colegios electorales.

En el pasado proceso, cada colegio electoral contó con 600 electores y la suma total de todos fue de 17,389, mientras que el número de personas que laboró en los tales fue de 86,945, cantidad que se elevaría a 149,985 miembros de colegios electorales.

Igualmente, sería necesario añadir una hora a la jornada de votación, iniciando a las seis de la mañana, lo que implicaría una nueva modificación a la Ley 20-23 de Régimen Electoral.

Voto preferencial
Los de la JCE también propusieron eliminar el voto preferencial para las regidurías y vocalías (que son los niveles con la mayor cantidad de candidaturas), implementando listas cerradas y bloqueadas, ya que el modelo actual sería insostenible.

Refiriendo que el total de regidurías es de 1,164 en razón de no menos de cinco por demarcación y que las vocalías ascienden a 735 (no menos de tres ni más de cinco por distrito municipal), lo que dejaría a cada organización política con 1,899 candidatos.

En caso de aumentarse los colegios electorales, igualmente tendrían que adquirir más equipos y robustecer el software electoral para que tenga capacidad de soportar el escaneo y transmisión de más relaciones de votación. Otra complejidad es que no podrán votar los del exterior en elecciones municipales.

Voto exterior

— En municipales
En las municipales votaron 35,350 personas que visitaron el país para tales fines. Pese al logro, este número es ínfimo en comparación con la abstención registrada en dicho proceso, por lo que no debería molestar el sacrificarlo.

El voto digital como una opción
Modernidad. Como alternativa para no incurrir en gastos excesivos y complejidades del voto manual, la JCE vislumbra se incremente el uso de tecnologías, perfilándose para utilizar el voto y el escrutinio automatizado, un fantasma que rehuyeron en el pasado proceso electoral, basados en la experiencia del 2020.

Entre las opciones está el votar de manera manual con escrutinio automatizado y transmisión de resultados; un modelo completamente automatizado o aventurarse a otras tecnologías, lo que a su vez, implica una reforma electoral, la compra de equipos, licitaciones, capacitaciones de personal y auditorías.

Como conclusiones, la JCE resalta que sin importar el resultado final de la reforma a la Constitución, esta tendrá la responsabilidad de organizar el proceso.

Boticas populares operan bajo situación de abasto y escasez

Mientras algunas Boticas Populares se han abastecido de medicamentos, en otras escasean fármacos como los antigripales, siendo este, al parecer, el fármaco más demandado en los últimos días.

Avanzada la mañana del pasado martes, el personal que labora en una botica próxima al Hospital Docente Padre Billini, en la calle Santomé, indicó que estaba cerrada porque “iban a recibir el pedido”, haciendo referencia al camión que se encarga de llevar los medicamentos.

“Voy a ver si cierran la calle para que puedan surtir”, dijo una empleada mientras les indicaba a dos clientes otros puntos para que acudan a comprar, ya que esta sucursal permanecería cerrada hasta completar el recibo del pedido.

Mientras, en la botica cercana a la central del cuerpo de bomberos de la avenida Mella, según el personal de servicio, no había jarabes antigripales ni acetaminofén en pastilla, pero sí en líquida para niños.

Algo similar ocurre en la botica que opera en la Cruz Roja del sector Miraflores, donde los estantes exhibían varios medicamentos. La mayoría de las cajas eran de jarabes, pero en esos no tenían disponible para la gripe.

A falta de este fármaco, la opción disponible para los ciudadanos era aceite hígado de bacalao y ambroxol. También había disponible ácido fólico, acitromicina, pastillas para paño en la piel y antialérgicos.

Cuando se trató de saber cuándo tendrán disponibles los antigripales, se informó que llegarían entre los días 10 y 15 de octubre.

Mujer teme por su vida tras ser atacada a machetazos y supuestamente recibir amenazas de muerte por expareja de su esposo

Santo Domingo.- Una mujer que resultó herida de un machetazo en un presunto ataque por parte de familiares de su pareja asegura temer por su vida debido a nuevas amenazas de los agresores.

Así quedó la mano de la joven Jessica Acosta de 27 años, cuando el 14 de mayo del año pasado fue agredida. Acusa a Rosa Sanchez, expareja de su actual esposo y quien permaneció 7 meses detenida, de igual forma afirma que Algenis Sanchez y Milagros Sánchez, participaron del hecho”, declaró Jessica Acosta, denunciante.

“El hermano de ella fue el que me dio el machetazo y la madre queda involucrada porque fue que cerró la puerta para que nadie entrara. No creí necesario hacerlo público hasta que últimamente me están amenazando y yo temo por mi vida”, declaró Jessica Acosta, denunciante.

Por la agresión asegura ha tenido que ser intervenida quirúrgicamente en varias ocasiones.

“Mi mano ha quedado desbaratada. Yo soy secretaria actualmente para escribir es un problema para peinar a mis hijas es un problema para los quehaceres de la casa es un problema, todavía mi mano no cierra”, sostuvo Acosta,

Al denunciar las supuestas amenazas, pide a las autoridades ejecutar la orden de arresto en contra de Algenis Sanchez.

“Por favor lo encuentren que no es posible que ya yo tenga una orden de arresto y que yo tenga que buscarlo a él y si es el que me ubica y me mata a mi primero es peor”, sostuvo la mujer.

La joven es estudiante de Ingeniería civil y tiene dos hijas de 7 y 4 años respectivamente, quien se esfuerza en educarlas y convertirlas en mujeres de bien para la sociedad, por lo que sueña con caminar sin temor en las calles.

Supérate sanciona temporalmente a 57 beneficiarios que cedieron sus tarjetas a imputado

Redacción.- El programa gubernamental de protección social Supérate informó que fueron sancionados de manera temporal los 57  beneficiarios y beneficiarias de subsidios que el pasado mes de agosto cedieron sus tarjetas a Brayan Eduardo Lorenzo, acusado de cometer delitos tecnológicos en contra del Estado.

En un comunicado de prensa, Supérate precisa que esta penalidad, con duración de cuatro meses, está contenida en la tabla 14 de su Manual Operativo, donde se establecen las suspensiones que pueden aplicarse en los procesos operativos que realiza de manera exclusiva la institución, como el caso en cuestión en la que el o la titular de la tarjeta cede o vende el medio de pago.

Según el Manual Operativo de Supérate, los hogares participantes que incumplan las acciones de corresponsabilidad a los servicios de salud y educación serán sancionados con la suspensión del pago de las transferencias monetarias condicionadas de Aliméntate cuando se presente incumplimiento a los servicios de salud por cuatro meses consecutivos, y de Avanza y Aprende cuando se presente incumplimiento a los servicios de educación a nivel primario o secundario, según corresponda.

Apegados a lo planteado en el compendio, la dirección general de Supérate indicó: “hemos confirmado que las 57 tarjetas fueron cedidas por sus titulares y esto constituye una violación a los reglamentos de Supérate por parte de los beneficiarios y beneficiarias de los programas sociales, por eso que estamos imponiendo esta penalidad temporal”, indicó la dirección general de Supérate.

A través del componente Familias en Paz, indicó Supérate en el comunicado de prensa, estas 57 familias serán acompañadas y evaluadas, “un proceso que nos permitirá determinar las razones que llevaron a estos jefes y jefas de hogar a ceder sus medios de pago. La medida es un ejercicio correctivo, es decir, implica una reeducación de los y las beneficiarias”.

Asimismo, el programa social reiteró el llamado a los beneficiarios y beneficiarias de los subsidios para que eviten estas prácticas.

Supérate comunicó que el pasado 18 de agosto, el Tercer Juzgado de Instrucción de San Cristóbal, acogiendo de forma parcial la solicitud del Ministerio Público, impuso medidas de coerción consistentes en pago de una garantía económica ascendente a 10 mil pesos y presentación periódica contra Brayan Eduardo Lorenzo Lorenzo.