Por Mariela Pérez Valenzuela
SANTO DOMINGO.-El Tribunal Superior Electoral (TSE) dispuso que la Junta Central Electoral (JCE) revise los votos múltiples marcas y blancos del nivel de regidores de los colegios de la Circunscripción 2 del municipio Santo Domingo Este.
La Alta Corte sostuvo que en las mesas electorales en las cuales se hayan registrado votos con esos calificativos, la inspección debe hacerse con la participación de los precandidatos o sus representantes.
Al mismo tiempo, rechazó la solicitud de recuento de votos de primarias, ya que esa actuación es facultad exclusiva de los órganos de administración electoral durante el proceso de escrutinio.
Mediante sentencia número TSE/002023, los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; y varios jueces titulares, acogieron la solicitud de revisión realizada por Julio César Aquino López.
REVISIÓN PODRÍA SER CONCLUYENTE
El TSE dijo que ese paso podría ser concluyente para variar la posición del demandante sobre la proclamación de candidaturas.
También impediría afectar su inscripción al tenerse en cuenta la proporción de género en la propuesta a cargos de elección popular.
Para adoptar esa decisión, los jueces realizaron un ejercicio interpretativo para llenar los vacíos normativos; vaguedad u oscuridad de la legislación electoral respecto a la impugnación de elecciones primarias.
En el ejercicio que define los aspectos de cambio de criterio sobre la competencia para conocer impugnaciones contra primarias, se establece que estos conflictos tendrán una calificación de contencioso electoral.
La Alta Corte fijó los parámetros de admisibilidad para la demanda en nulidad de elecciones primarias y las que se deriven del escrutinio, tales como recuento de votos, revisión de votos “nulos”, entre los que figuran la fijación de plazo y calidad.