San Juan, 9 may.- Debido a las copiosas lluvias registradas en los pasados días en Puerto Rico, el gobernador Pedro R. Pierluisi firmó dos decretos en los que declara 18 municipios en Estado de Emergencia.
En la Orden Ejecutiva 2024-009 se declara un Estado de Emergencia en los pueblos de Adjuntas, Arecibo, Camuy, Ciales, Corozal, Guayanilla, Lares, Manatí, Maricao, Mayagüez, Naranjito, Ponce, Río Grande, Sabana Grande, Toa Alta, Toa Baja, Utuado y Yauco.
Mientras en la OE-2024-010, Pierluisi dispuso activar la Guardia Nacional de Puerto Rico con el fin de brindar asistencia en las áreas afectadas, donde múltiples carreteras se encuentran cortadas y muchas residencias han presentado pérdidas total de sus muebles.
Pierluisi estableció que a raíz de la intensa actividad de lluvias torrenciales que ha enfrentado Puerto Rico durante el mes de mayo, el Servicio Nacional de Meteorología (de Estados Unidos) emitió un aviso de inundaciones repentinas para varios municipios.
«La actividad de aguaceros provocó acumulaciones de lluvia que han fluctuado entre ocho a diez pulgadas; este panorama de lluvias torrenciales provocó inundaciones y deslizamientos de terreno en diversos pueblos», indicó en mandatario puertorriqueño.
Ante esto, el gobernador precisó en la Orden Ejecutiva 2024-009 al oficial de enlace estatal, al secretario del Departamento de Seguridad Pública, Alexis Torres, a que proceda con la coordinación necesaria para aceptar y utilizar la asistencia federal prestada en respuesta a las peticiones generadas por el gobierno y sus municipios.
Además, estableció que la Declaración de Emergencia cumple con los requisitos para que la Administración de Servicios Generales, las agencias y los municipios puedan activar los procedimientos especiales de compra de emergencia para adquirir materiales y servicios esenciales para responder a la emergencia.
En torno a la activación de la Guardia Nacional para prestar apoyo al gobierno en atención al Estado de Emergencia decretado en algunos municipios, Pierluisi delegó en el ayudante general la facultad de determinar la identidad de las unidades y efectivos que se habrán de activar al servicio militar.
Igualmente, autorizó a incurrir en los gastos razonables inherentes a la activación de tropas y equipo.
Además, el Departamento de Hacienda y la Oficina de Gerencia y Presupuesto al igual que la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico deberán hacer las gestiones necesarias para colaborarle a la Guardia Nacional.